Tratado de Paz y Amistad, 8 Stat. 484 (1836), Aún vigente como ley de EE.UU. | IACHR P-1365-26  ·  OHCHR h6a662eo | El Registro Legal Completo →
El expediente completo

Cómo llegamos aquí — el proceso de eliminación, y cada cita.

No comenzamos por la conclusión. Comenzamos con hechos que Estados Unidos admitió, y luego descartamos toda otra explicación hasta que quedó una en pie. Cada fuente a continuación es el propio instrumento del colonizador.

La eliminación — ¿dónde corría la jurisdicción?

Empiece con lo que Estados Unidos admite, y luego tache a cada candidato.

De su propia mano — el caso de la Corte Mundial de 1952 y la Ley Pública 84-856 (1956) — Estados Unidos admite que ejerció jurisdicción extraterritorial sobre «súbditos del Emperador de Marruecos». Eso es autoridad sobre territorio y personas. Tenía que correr en algún lugar real: una corte mundial no decide un caso vacío, y un estatuto no renuncia a un poder sobre nadie. Entonces, ¿dónde?

  • La Zona Francesa de Marruecos — descartada. Francia la administraba; las personas en la disputa de 1952 allí eran ciudadanos de Estados Unidos reclamando una exención fiscal que la Corte dijo que había terminado — no una población de súbditos del Emperador que Estados Unidos gobernaba.
  • La Zona Española — descartada. España la administraba.
  • La zona internacional de Tánger — descartada. Gobernada por una comisión internacional.
  • «En ningún lugar — era simbólico» — descartado. La Corte sí falló y el Congreso sí legisló «sobre súbditos de Marruecos». La autoridad era real, así que tenía un lugar real.
  • Norteamérica — la que queda en pie. Los únicos «súbditos del Emperador de Marruecos» que Estados Unidos efectivamente nombró, expulsó de sus pueblos, reclasificó y legisló sobre ellos — la ley de expulsión de Massachusetts de 1788, el estatuto de 1956, los moros hallados aquí peticionando como súbditos del Emperador — vivían aquí.
El o esto o aquello forzado

Francia, como protectora del Imperio, demandó — y la Corte falló. Solo hay dos maneras de que eso sea posible.

Puerta A — Estados Unidos estaba dentro del alcance del Imperio. Entonces Francia, como protectora del Imperio de Marruecos (Tratado de Fez, 1912), tenía legitimación; la Corte Mundial tenía un caso real; y los «súbditos de Marruecos» hallados aquí son los nacionales del Imperio bajo un tratado aún en vigor. Estados Unidos está dentro del Imperio de Marruecos.

Puerta B — la ficción colonial, la de que Estados Unidos estaba fuera del alcance del Imperio. Supongamos que fuera cierto. Entonces Francia no tendría legitimación y la Corte no tendría caso — sin embargo la Corte tomó uno y falló sobre el fondo; y el propio estatuto de Estados Unidos estaría reclamando una jurisdicción «sobre súbditos de Marruecos» que ningún tratado en la tierra lo faculta a tocar. La ficción se derrumba sobre el propio expediente del colonizador — e incluso la negación recae sobre la reclamación: autoridad afirmada sobre el pueblo del Imperio sin base lícita, un agravio en curso.

No hay una tercera puerta. De cualquier manera, Estados Unidos está atado al Imperio de Marruecos respecto de estas personas. La atadura es la trampa construida por los propios instrumentos del colonizador.

Su propio expediente, en orden

La cronología — de 1763 a 2026, una sola línea ininterrumpida.

1763
La tierra es despojada
Tratado de París. Francia y Gran Bretaña se reparten la tierra sin cesión alguna del Sultán cuyo dominio era.
1777
Primero en reconocer a Estados Unidos
El Sultán abre los puertos marroquíes a los buques estadounidenses — la primera nación en la Tierra en reconocer la independencia estadounidense.
1786
El tratado del suplicante
Tratado de Paz y Amistad (8 Stat. 100). A Estados Unidos no se le concede ninguna jurisdicción sobre los súbditos del Sultán; el artículo 21 remite las disputas a «la ley del País».
1836
Hecho perpetuo
El tratado de renovación (8 Stat. 484) añade la cláusula de aviso con doce meses de antelación — nunca dado. Diseñado en el apogeo de la esclavitud, bajo Jackson.
1862
Marruecos se pone del lado de la Unión
En la Guerra Civil, Marruecos honra su tratado y detiene a agentes confederados. «Reciprocidad ininterrumpida de amistad».
F.R.U.S. 1862.
1912
Francia hecha protectora sobre el Imperio
Tratado de Fez. El Sultán concede a Francia un protectorado sobre el Imperio de Marruecos.
1952
La Corte Mundial obliga a Estados Unidos
El tratado de 1836 está en vigor; los nacionales de Estados Unidos «no están exentos del pago de ningún impuesto» y están obligados por la propia ley del Imperio de Marruecos.
Informes de la CIJ de 1952.
1956
Una jurisdicción que nunca tuvo
La Ley Pública 84-856 pretende renunciar a la jurisdicción «sobre súbditos de Marruecos» que el tratado nunca concedió.
1959
El encubrimiento silencioso
Una nota del Departamento de Estado intenta desechar el tratado — veintiún meses antes de que la ONU abra la descolonización (Res. 1514, 1960). La reclamación llega viva a esa puerta.
2025
El Congreso: «la más larga ininterrumpida»
H.Res. 251 recita el tratado como «la relación diplomática ininterrumpida más larga en la historia de los Estados Unidos».
2026
Aún vigente
La propia Treaties in Force del Departamento de Estado enumera el tratado de 1836 en vigor — sin terminación, sin expiración.
El registro

Probado por el expediente; aún no adjudicado. Aún.

Cada premisa es un hecho que Estados Unidos admitió: el tratado en vigor (CIJ 1952; Treaties in Force 2026; H.Res. 251, 2025); los nacionales de Estados Unidos obligados por la ley del Imperio sin inmunidad fiscal (CIJ 1952); la legitimación de Francia como protectora (Tratado de Fez, 1912); el estatuto de 1956 reclamando una jurisdicción nunca concedida. La conclusión se sigue por eliminación — nada importado, nada supuesto.

La Corte de 1952 adjudicó solo los puntos estrechos. La conclusión completa — que Estados Unidos está dentro del Imperio de Marruecos, y la clase hallada aquí son sus nacionales — está probada a partir del expediente y alegada, a la espera de un fallo. Es lo que las peticiones ahora ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (P-1365-26) y el comité de descolonización de las Naciones Unidas le piden a un tribunal que declare.

Fuentes

Cada cita, en su totalidad.

Tratado de Paz y Amistad, 1786 — 8 Stat. 100 (Arts. 20–21, 25).
Tratado de Paz y Amistad, 1836 — 8 Stat. 484; TS 244-2; 9 Bevans 1286 (Art. 25, cláusula de perpetuidad).
Tratado de Fez, 1912 — protectorado francés sobre el Imperio de Marruecos.
Derechos de los Nacionales de los Estados Unidos de América en Marruecos (Francia c. Estados Unidos), Sentencia del 27 de agosto de 1952, Informes de la CIJ de 1952.
Ley Pública 84-856 (1956) — supuesta renuncia a una jurisdicción «sobre súbditos de Marruecos» nunca concedida por tratado.
Tratado de París, 1763.
Petición de Abel Conder y Mahamut (Carolina del Sur, 1753); Ley de Massachusetts de 1788.
Papeles Relativos a las Relaciones Exteriores de los Estados Unidos, 1862 (la «dificultad de Tánger»).
Departamento de Estado de EE. UU., Treaties in Force (2026); H.Res. 251, 119.º Congreso (25 de marzo de 2025).
Resoluciones de la Asamblea General de la ONU 1514 (XV) y 1541 (XV), 1960.

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